Proyecto de Ley va a segunda discusión parlamentaria
La discusión del la Ley Orgánica de las Ciudades Comunales crispa de nuevo los ánimos polarizados que caracterizan la política venezolana. La oposición denuncia su inconstitucionalidad y exige un referéndum para aprobar su contenido, mientras el chavismo reivindica su aporte a la profundización democrática pero también advierte vacíos legales y riesgos en las prácticas políticas más allá de la ley.
Aprobada en primera discusión por la renovada Asamblea Nacional, el proyecto de Ley fue una de las más atractivas promesas para el chavismo durante la última campaña electoral parlamentaria.
Actualmente, la comisión legislativa promotora realiza una consulta pública con diferentes sectores sociales para recoger sus impresiones de cara a la segunda discusión en el plenario, pautada para finales de mayo.
De aprobarse, como probablemente suceda por contar los partidos afines al gobierno con mayoría en el parlamento, las Ciudades Comunales serían un hecho. Y, según lo que otras leyes del poder popular plantean, construir estas ciudades significaría un avance en la creación de un Estado comunal.
Comuna adentro
Lo que precede a esta discusión en Venezuela es creer o no que las comunas existen y son una fuerza política y de trabajo en los territorios. Y esto, si bien es una discusión ideológica, también es una razón práctica: la mayoría de sus defensores conocen o participan de múltiples espacios de organización comunitaria vinculados a lo que, en nuestro país, se definió como poder popular. Para estos venezolanos, este proyecto de Ley es bienvenido.
Su interpretación es leída en el marco del conjunto de leyes del poder popular, entre las que se encuentra la de comunas, donde previamente se definió la figura de las ciudades comunales. Para Reinaldo Iturriza, exministro de Comunas y Movimientos Sociales, todo este cuerpo legislativo constituye «un decidido impulso del autogobierno popular por parte del Comandante Chávez en lo que denominó ‘nueva institucionalidad’».
Sin embargo, Iturriza considera que su discusión actual puede resultar sorpresiva para algunas comunas que en años recientes vienen resintiendo acciones u omisiones gubernamentales que las han debilitado. Además, señala que es la situación económica la principal preocupación del pueblo venezolano.
«No entiendo por qué no se están discutiendo con la misma amplitud otras propuestas de leyes o reformas que también están en la agenda parlamentaria, como la Ley Orgánica de Hidrocarburos, y otras leyes relacionadas con la cuestión económica».
Para Jesús García, integrante de la comuna Altos de Lídice en Caracas, impulsar en este momento las ciudades comunales es una manera en la que el Estado asume que no tiene capacidad para dar respuesta a todas las situaciones que estamos pasando, tanto por el bloqueo-asedio económico, como por la deficiencia institucional. Se reconoce que el pueblo sabe organizarse para resolver en lo inmediato: «Es en el barrio donde realmente con poco hacemos mucho».
No es la hoja, es el árbol
Más allá de la discusión de una ley en particular, para quienes han sido detractores de las políticas del chavismo el problema es el modelo político hacia el que se transita. Para estos sectores, el Estado comunal no comulga con la democracia representativa ni con la descentralización del poder. Además es inconstitucional.
Alfredo Infante, director del Centro Gumilla, en entrevista para PH9 argumentó que el problema con el Estado comunal es que «desaparece la democracia representativa nacida del sufragio y se sustituye por una democracia ‘participativa’ , que por experiencia histórica se ha convertido en democracia asamblearia que termina restringiendo la libertad de decisión personal, propia del voto libre y secreto».
La discusión central de su postura en contra de este proyecto de Ley es la crítica a su carácter centralista que, según describe, niega la descentralización del poder cuya base son los municipios y estados.
En esta misma perspectiva, Iván Barrios, diputado suplente a la Asamblea Nacional por el partido Cambiemos, plantea que «es un tema polémico que no se restringe a una ley sino a una visión de cambio estructural que pretende hacer una sustitución de todas las instituciones republicanas consagradas en la constitución».
Según Barrios, esta visión fue rechazada en 2007 cuando ganó el no en el referéndum consultivo sobre el proyecto de Reforma Constitucional. En este punto, sostiene que la iniciativa legislativa colinda con varios artículos constitucionales en los que no se contempla el poder popular pero sí el poder público, del cual los municipios y gobernaciones son parte.
Por estas razón, la bancada parlamentaria de oposición de la que Barrios es parte insiste en que esta Ley, al implicar un cambio estructural, debe estar antecedida por una enmienda o reforma constitucional, o en su defecto debe ser consultada mediante referéndum convocado por el Presidente de la República.
¿Transferir poder o transferir problemas?
Uno de los aspectos que más expectativas ha creado la posible aprobación de esta Ley es el proceso de transferencias de competencias al que dará curso, según anuncian algunos voceros gubernamentales. En las condiciones económicas que se encuentra el país, la pregunta fundamental es qué será transferido y bajo qué condiciones.
Al respecto, Reinaldo Iturriza celebra que el proyecto de Ley parte del término corresponsabilidad, pues se evita así que se interprete como una descarga de funciones que le corresponde asumir al Estado.
Utiliza de ejemplo el caso de la gestión del programa Gas comunal que entre los años 2016 y 2018 estaba bajo responsabilidad de las comunas. Al principio funcionó, hasta que, en varias localidades, los funcionarios responsables de los llenaderos de las bombonas se negaban a recargar a las comunas, quienes luego debían lidiar con el legítimo malestar de las comunidades. En algunos lugares los funcionarios fueron más lejos y se quedaron con las bombonas y los camiones con que trabajaban las comunas, alegando una supuesta ineficiencia del servicio. Como quedó demostrado más adelante, actuaron de esa forma porque el objetivo era privatizar el servicio».
Por su parte, Jesús García considera que las transferencias deben darse en la medida que se demuestra tanto a la comuna como al propio Estado que se puede asumir determinada responsabilidad: “Así lo estamos haciendo en la comuna Altos de Lídice, donde tenemos un sistema propio de salud que va de la mano con Barrio Adentro pero en el que incluso estamos generando los recursos para pagar la nómina de todo el personal. Y ya no queremos que nos manden una farmacia móvil sino tener nuestra propia farmacia comunal con un sistema eficiente y de contraloría permanente, cosa que no tienen muchas instituciones del Estado”.
Es justo en el tema de las transferencias donde es más clara la tensión con la institucionalidad gubernamental, particularmente alcaldías y gobernaciones.
La denuncia que Alfredo Infante e Iván Barrios hacen sobre la posibilidad de usurpación, es una percepción que según Iturriza comparten discretamente varios dirigentes del PSUV. Relata que cuando ejercía como titular del Ministerio de Comunas era frecuentemente abordado por alcaldes y gobernadores preocupados por acciones autónomas de las comunas, que eran leídas como actos de indisciplina o rebelión frente al partido.
Kelly Pacheco, integrante de la Comuna Adrián Moncada en el estado Lara, confirma que en su experiencia alcaldías y gobernaciones obstaculizan procesos de transferencias al poder popular e intentan dividir y controlar, desconociendo sus dinámicas asamblearias y de autogobierno.
A su criterio, el proyecto de Ley de Ciudades Comunales no abarca de manera clara esas relaciones y deja un vacío en cuanto a las competencias de administración de recursos. «Sí existe verdadera voluntad de avanzar hacia el socialismo debe reconocerse el nuevo ordenamiento político-jurídico territorial comunal, cuyo espíritu está contenido en el artículo 5 de la Constitución», remarca Pacheco.
Críticas y aportes al proyecto de Ley
Propiedad de bienes y tenencia de tierras son dos temas centrales que, según Iturriza, deberían tener mayor desarrollo en el proyecto de Ley.
«En el Art. 7 se señala que la Ciudad Comunal administrará sus bienes, y no es sino hasta el Art. 63 que se menciona nuevamente el tema bienes, esta vez respecto a su transferencia por parte del Poder Público Nacional y las entidades político territoriales. En cambio, la transferencia de servicios se aborda en los artículos 5, 7, 18 y 47».
En cuanto a la tenencia de la tierra para la productividad y abastecimiento tanto de las comunas como del país, señala Iturriza que «sería importante incluir un artículo que establezca que en una Ciudad Comunal no debe haber tierras improductivas, y de haberlas son las comunas quienes preferentemente deben gestionarlas. Así se evitaría una situación como la que vive la comuna El Maizal, acusada desde entes del Estado como usurpadora de bienes públicos que estaban improductivos y que la comunidad puso en funcionamiento».
En materia similar, Iturriza advierte que también se podría contemplar una asignación mínima de recursos a las Ciudades Comunales y no limitarse a la aprobación de proyectos a través del Consejo Federal de Gobierno.
Otro punto de atención en lo/as consultados son las vocerías de las ciudades comunales, sobre las cuáles hay pocas menciones y ninguna definición en este proyecto de Ley. De hecho, las vocerías sólo están definidas en la Ley Orgánica de los Consejos Comunales.
El diputado Barrios interpreta el método de elección de vocerías como un retroceso, pues en su lectura se daría a través de instancias intermedias y no de manera directa como en el sistema de democracia representativo. Es decir, que los consejos comunales eligen vocerías de comunas y éstas a vocerías de ciudades comunales, mientras en el sistema representativo se elige universalmente por jurisdicción, como en caso de alcaldes(as) y gobernadore/as.
Para Iturriza, la falencia en cuanto a las vocerías es que la Ley debería especificar la opción de revocarlas, lo que estaría en sintonía con el artículo 16 de la Ley Orgánica del Poder Popular donde se establece que toda vocería puede ser revocada a mitad de su período.
La vida comunal está atravesada por tensiones. Para Jesús García, la imposición de decisiones y el uso de las políticas de atención social como redes clientelares por parte del partido de gobierno, PSUV, viene a ser una de ellas.
Tensiones y capacidades comunales
«El partido ha asumido muchas tareas -entre ellas algunas que a mi parecer no le competen- y ha socavado las bases de los consejos comunales y las comunas al punto de casi desaparecer. En ese sentido, la ciudad comunal se plantea como algo muy ambicioso en algunos territorios y eso puede ser un error. Solo en los territorios más consolidados se va a poder implementar esta ley», cuestiona Jesús García.
Desde esta percepción, Iturriza y García coinciden en que la meta de doscientas ciudades comunales que plantea el gobierno para final de año puede ser contraproducente, pues si se las apresura en la constitución no van a tener músculo real para asumir responsabilidades de esa envergadura y las comunidades se pueden frustrar, mermando así la participación.
Por su parte, Kelly Pacheco invita a reconocer a quienes pueden tener mayores fortalezas, tanto en capacidades económicas de autogestión como en procesos de articulación en escalas superiores a la comuna, por ejemplo, la experiencia de los corredores comunales y de las ciudades comunales que ya existen.
Adrián Moncada, comuna en la que Kelly es vocera, forma parte del corredor comunal Argimiro Gabaldón y de la ciudad comunal en construcción del territorio de Juárez en el estado Lara, con práctica en unificación del territorio, ejecución de políticas conjuntas, y desarrollo mancomunado de una visión territorial estratégica.
Para esta publicación se contactó al diputado Luis Marcano, presidente de la comisión impulsora del proyecto de Ley. Sin embargo, no se pudo concretar su participación. Esperamos que su vocería u otra del Gran Polo Patriótico nos aporte su mirada para poner en diálogo los planteamientos incorporados en este artículo.